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Preguntas frecuentes

Resuelve todas tus dudas y paga seguridad social

 

Si soy independiente que aporto a salud y pensión y voy a retirarme ¿Cuántos días debo pagar?

Si pagas estos dos subsistemas, te corresponde aportar por 30 días y no olvides reportar la novedad de retiro.  (Resolución 1747 de 2018, Art 11).

Para pagar la seguridad social, ¿debo estar afiliado?

Si, como independiente o dependiente, de acuerdo a tu tipo de contrato.
 
Ejemplo:
 
Si me encuentro vinculado como dependiente en una empresa y me contratan para la prestación de un servicio por x cantidad de tiempo, debo hacer mi afiliación como independiente la primera vez, aporto mi seguridad social por el tiempo que tenga este vínculo y cuando finalice, debo hacer el último aporte por 30 días reportando la novedad de retiro.
 
Si vueles a tener un nuevo vínculo laboral como independiente, deberás realizar de nuevo el mismo proceso descrito anteriormente.

 

¿Cuáles son los puntos de pago asistido?

Davivienda - PuntoRed - Reval - Banco de Occidente - Banco de Bogotá – Efecty – Almacenes Éxito - Surtimax – Pomona – Carulla - Super Giros - Punto de pago - Conred

Como independiente, ¿Puedo pagar solo salud?

Solo en caso de que la persona este pensionada, tenga la edad o esté en proceso de pensión, de lo contrario lo mínimo para pagar como independiente es salud y pensión.
 
Existen unas excepciones que la ley contempla para omitir el pago de pensión:
 
  • Cuando es pensionado por vejez, jubilación o invalidez
  • Cuando tiene requisitos cumplidos para pensión
  • Cuando recibió una indemnización sustitutiva o devolución de saldos
  • Si eres mujer y tienes 50 o más o si eres hombre y tienes 55 años o más y a su vez nunca has cotizado al Sistema General de pensiones
  • Cuando perteneces simultáneamente a un régimen especial, por ejemplo, las fuerzas militares, esto quiere decir que su vinculación esta activa en el régimen especial.

¿Puedo pagar por menos de un salario mínimo?

No, el valor mínimo para aportar a la seguridad social es por 1 salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) y el máximo son 25 (SMMLV). Para el año 2026 el salario mínimo mensual vigente es de $1.750.905 y el máximo es de $43.772.625. Ten en cuenta que el valor final depende de los días que cotices en el mes y del ingreso base de cotización (IBC).

Si soy independiente y tengo varios contratos ¿Cómo pago la planilla?

Se debe realizar la suma del valor de todos los contratos y a ese valor calcularle el 40%, en caso de que el resultado sea inferior a 1 salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) se debe liquidar sobre este.
 
Ejemplo 1:
 
Contrato 1: Salario $3.500.000
Contrato 2: Salario $1.500.000
Total suma de contratos: $5.000.000
 
Se debe realizar la suma del valor de todos los contratos y a ese valor calcularle el 40%, en caso de que el resultado sea inferior a 1 salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV) se debe liquidar sobre este.
 
Ejemplo 1:
 
Contrato 1: Salario $3.500.000
Contrato 2: Salario $1.500.000
Total suma de contratos: $5.000.000
 
Para calcular el ingreso base de cotización, debemos tomar el valor total de la suma de los contratos lo multiplicamos por el 40%, así:
 
$5.000.000 X 40% = $2.000.000.
 
El ingreso base de cotización (IBC) por el cual debes aportar en la planilla será de $2.000.000.
 
Ejemplo 2:
Contrato 1: Salario $1.500.000
Contrato 2: Salario $1.500.000
Total suma de contratos: $3.000.000
 
Para calcular el ingreso base de cotización, debemos tomar el valor total de la suma de los contratos lo multiplicamos por el 40%, así:
 
$3.000.000 X 40% = $1.200.000.
 
Para este caso el ingreso base de cotización (IBC) por el cual debes aportar en la planilla será de $1.750.905. Recuerda que no se pueden hacer portes a la seguridad social por menos de 1 salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV). (Estos valores corresponden para el año 2026).

Si soy persona natural y tengo un empleado que labora por días ¿Cómo debo hacer el pago de la seguridad social?

Debes hacer el aporte como trabajador de tiempo parcial, a las entidades de pensión y caja de compensación por los días que laboró y 30 días a la ARL. Recuerda que el sistema de salud debe estar cubierto por el trabajador (Régimen subsidiado o Beneficiario - Es responsabilidad tuya garantizar que el trabajador aporte la evidencia).

 

¿Cuál es la tarifa que debo aportar a salud como independiente?

La tarifa es del 12.5%. El valor a cotizar dependerá del ingreso base de cotización (IBC)

¿Cuál es la tarifa que debo aportar a salud como dependiente?

La tarifa de salud como dependiente es el 12.5%. Este porcentaje está compuesto así: el 75% lo paga el empleador (equivale al 8.5%) y el 25% restante lo asume el empleado (equivale al 4%).

¿Cuál es la tarifa que debo aportar a pensión como independiente?

La tarifa de pensión como independiente es el 16%. El valor para cotizar dependerá del ingreso base de cotización (IBC)

¿Cuál es la tarifa plena que debo aportar a pensión como dependiente?

La tarifa de pensión como dependiente es el 16%. Este porcentaje está compuesto así: el 75% lo paga el empleador (equivale al 12%) y el 25% restante lo asume el empleado (equivale al 4%).

¿Qué debo pagar si estoy exonerado de parafiscales?

De acuerdo a la ley 1607 del 2012, las empresas exoneradas no deben hacer aportes al SENA e ICBF. Si estas exonerado aportas el 4% en salud y las tarifas que aplican son:
 
  • Administradora de Fondo de Pensiones (AFP): 16%
  • Entidad Promotora de Salud (EPS) : 4%
  • Caja de Compensación Familiar CCF: 4%
  • Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF): N/A
  • Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA): N/A

Si tengo un aprendiz ¿Cuáles son los aportes que debo pagar?

Al aprendiz, tanto en etapa lectiva como en etapa productiva, se le debe pagar:
 
  • Salud: 12.5% sobre 1 salario mínimo mensual legal vigente (SMMLV). Y
  • Riesgos laborales: según la clase de riesgo a la que esté expuesto en su actividad laboral

¿En qué casos se debe utilizar la planilla K?

Aplica para estudiantes diferentes del contrato de aprendizaje SENA que se encuentren realizando prácticas profesionales que involucren un riesgo ocupacional. En esta planilla se podrán liquidar los cotizantes 23: Estudiantes Decreto 055 de 2015.

¿Cuál es la edad para pensionarse?

De acuerdo a la normatividad vigente, la edad de pensión del hombre es 62 años y en las mujeres 57 años.

Soy residente en el exterior y quiero pagar pensión en Colombia ¿Que debo hacer?

Primero debes estar afiliado al sistema de pensión.
 
Elaborar la planilla en el operador de información pagando pensión al 16%
Importante hacer la marcación disponible en Pila que te identifica como colombiano residente en el exterior.

¿Cómo pago un descuento de la ARL (Orden de Descuento de Incapacidad - ODI) en la planilla?

Primero debe ser un descuento autorizado por la ARL.
 
Para ingresar el descuento en la planilla se debe ingresar el código y el valor brindado por la ARL.

¿Cuáles son los horarios de atención de Enlace?

De lunes a viernes de 7:00 am a 6:00 pm y los sábados de 8:00 am a 12:00 pm

¿Como reportar la novedad de retiro?

La novedad de retiro en Seguridad Social se realiza a través de la Planilla Integrada de Aportes (PILA). Y su fecha de pago no puede ser mayor al último día hábil del mes en el que esta estipulada la fecha límite de pago.

¿Qué pasa si pagué una planilla y no reporté la novedad de retiro?

Para hacer la corrección podrás generar esta novedad a través de una planilla tipo N de corrección sin pago si fue dentro del mismo mes de la novedad. La cual debe ser presentada antes del último día hábil del mes en curso para que sea valor $0.
 
Si lo vas a reportar en un mes posterior puedes hacer uso de la planilla tipo N reportando el retiro y realizando el respectivo pago.

¿Cuál es el horario para realizar pagos a través del botón PSE?

La opción de pagos por PSE está disponible en horario de lunes a viernes (días hábiles) de 12:00am a 4:30pm y en horario adicional de 6:30pm a 11:59pm, además funciona los fines de semana.
 
Nota: si pago en el horario adicional, este se verá reflejado con la fecha de pago del día siguiente hábil.

 

¿Qué es una novedad de retiro?

Es el proceso por el cual en Seguridad Social se informa a las administradoras sobre la suspensión del uso de los servicios adquiridos con cada una.
 
Se puede presentar por alguno de los siguientes motivos:
 
  • Finalización de la relación laboral.
  • Pérdida de capacidad de cotizar.
  • Cambio de aportante independiente a empleado o viceversa.

¿Qué es un periodo de cotización?

El periodo de cotización a la seguridad social corresponde al mes calendario de la nómina sobre la cual se calculan y pagan las respectivas cotizaciones.

Planillas más usadas

  • Planilla E - Empleados: Se utiliza para el registro y pago de los aportes exclusivamente de empleados de una empresa.
  • Planilla I - Independientes: Aplica para Cotizantes independientes o Contratistas con uno o más contratos de prestación de servicios.
  • Planilla M - Mora: Es utilizada para el pago de periodos vencidos por ausencia total de pago a uno o varios subsistemas (EPS, ARL, Pensión y CCF) y para el pago de aportes de periodos anteriores a Marzo de 2014 en salud.
  • Planilla N - Correcciones: Aplica para el pago de aportes por corrección de IBC, tarifas o días reportados. Reporte novedad de ingreso y pago de aporte a riesgos de independientes (3). También se usa para corregir inexactitudes en el pago de las liquidaciones o periodos en mora posteriores a Marzo de 2014.
  • Planilla S - Servicio Doméstico: Es utilizada por Aportantes Independientes para el pago de aportes de empleados de servicio doméstico.
  • Planilla J - Planilla Sentencias Judiciales: Es utilizada para pagos de seguridad social en cumplimiento de una sentencia judicial.

¿Cuáles son los estados de tu planilla?

GUARDADA
Es aquella planilla que está disponible para realizar el proceso de pago, es tu responsabilidad validar que la información este correcta para pago.
 
PENDIENTE DE DISPERSIÓN
Es aquella planilla que se encuentra en proceso de envío a las administradoras.
 
ENVIADA/PAGADA
Es aquella planilla que ya fue pagada y confirmada a través del operador y fue entregada a las administradoras.
 
NO AUTORIZADA
Es aquella planilla que pasó por un proceso de intento de pago que no fue exitoso. Puedes intentar realizar el pago nuevamente luego de pasados 30 minutos.
 
PENDIENTE DE PAGO
La planilla en estado pendiente de pago es aquella que pasó por un proceso de pago que no fue exitoso, la planilla queda bloqueada por un espacio de 15-20 minutos, después de pasado este tiempo puedes volver a intentar realizar el pago.
 
INCONSISTENTE O CON ADVERTENCIAS
Es aquella que presenta errores o advertencias dentro de la planilla y relacionados con diferencias en los pagos, IBC reportados, validaciones de administradoras de salud y pensión.

¿Cómo puedes realizar la actualización de tus datos?

Para realizar la actualización de datos, puedes realizarlo a través del correo electrónico servicioalcliente@enlace.com.co adjuntando el documento escaneado y relacionando la siguiente información 👩🏻‍💻:
 
  • Número de documento:
  • Nombre Completo:
  • Dirección:
  • Teléfono fijo:
  • Teléfono Celular:
  • Correo electrónico:
 
O a través de nuestras 📞 líneas de atención: Medellín: 604 604 2727 Desde otras ciudades: 018000 519977 Barranquilla: 605 3852444 –Bogotá: 601 742 44 88 Bucaramanga: 607 697 87 27 Cali: 602 485 9444 Cartagena: 605 693 77 27 Pereira: 606 340 1327 Manizales: 606 892 8027 o WhatsApp (independientes): 316 441 69 52

¿Cuál es mi fecha límite de pago?

Depende de los dos últimos dígitos de NIT o documento de identidad.

Dos últimos dígitos del NIT o c. c. Día hábil de vencimiento
00 al 07 2
08 al 14 3
15 al 21 4
22 al 28 5
29 al 35 6
36 al 42 7
43 al 49 8
50 al 56 9
57 al 63 10
64 al 69 11
70 al 75 12
76 al 81 13
82 al 87 14
88 al 93 15
94 al 99 16

¿Qué es el IBC?

El IBC (ingreso base de cotización) es el valor que se toma como base para aplicar el porcentaje de aporte al momento de realizar la cotización al Sistema General de Seguridad Social, de acuerdo con el salario básico y las novedades que presente el trabajador dependiente o independiente en el respectivo mes.

¿Qué debo hacer si olvidé mi clave?

Ingresa en la opción ¡Ya estoy registrado en Enlace Operativo!, ingresa el tipo de identificación y el número del documento. Clic en continuar y luego diríjase a la opción "Olvidé mi contraseña". El sistema le solicitará relacionar de nuevo el tipo de documento y el número de documento adicionalmente, debe registrar el correo electrónico que tiene asociado y hacer la validación "No soy un robot" para posteriormente, enviar un correo electrónico con el enlace para restablecer la clave de acceso. Recuerde que este mensaje se remite al correo electrónico asociado al usuario que está ingresando.

¿Qué es un operador de información?

Es una entidad privada que provee la plataforma tecnológica (Electrónica o Asistida) a los diferentes Aportantes para que tengan acceso a la liquidación y el pago de aportes a la Seguridad Social Integral Salud, Pensión, Riesgos Laborales y parafiscales (Caja de Compensación Familiar, Sena e ICBF), a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).
 
El objetivo del Operador de Información es garantizar a los diferentes actores del sistema el correcto funcionamiento del mecanismo creado para el pago de aportes a Seguridad Social Integral y sus servicios no genera ningún cobro para ti.

¿Cuáles son nuestros canales de atención?

Whatsapp: 316 441 6952
 
Líneas telefónicas
Barranquilla: 605 3852444
Bogotá: 601 7424488
Bucaramanga: 607 6978727
Cali: 602 4859444
Pereira: 606 3401327
Cartagena: 605 6937727
Manizales: 606 8928027
Medellín: 604 6042727
 
Desde otras ciudades:
018000 519977
 
Correo electrónico:
servicioalcliente@enlace.com.co

¿Cuáles son las fechas de pago para pagar la seguridad social?

Cada mes debes pagar los aportes a Seguridad Social, según las dos últimas cifras en las que termina tu NIT o documento de identidad. Las fechas de pago comienzan el segundo día hábil de cada mes y no se tienen en cuenta los sábados.

¿Qué pasa si paga PILA por otro operador y ahora lo hace por Enlace?

No tiene ningún problema, desde que sepa el periodo que va a pagar

¿Puedo pagar mi seguridad social con tarjeta de crédito?

Actualmente no es posible pagar la seguridad social (PILA) con tarjeta de crédito.
 
Esto se debe a que los operadores de pago solo pueden ofrecer los medios autorizados por el Ministerio de Salud y el Ministerio de Hacienda, y la tarjeta de crédito no está incluida dentro de estos métodos permitidos.
 
Los medios de pago oficiales son:
 
  • Débito desde cuenta bancaria (a través de PSE u otros débitos autorizados)
  • Pago asistido en bancos o corresponsales con el PIN generado por la planilla
 
La tarjeta de crédito no está autorizada porque no garantiza disponibilidad inmediata de los recursos, requisito indispensable para aplicar correctamente los aportes a seguridad social.

¿La plataforma SUAPORTE cobra tarifas por registro, liquidación o pago de aportes?

No. La inscripción y el pago de tus aportes a través de nuestra plataforma SUAPORTE no tienen ningún costo.
 
Puedes usarla libremente para liquidar y pagar tu seguridad social sin cargos adicionales ni tarifas por transacción.

Si me registro en Enlace para pagar mi seguridad social, ¿estoy obligado a pagar siempre por este medio?

No. Registrarte en Enlace es totalmente gratuito y voluntario, y no te obliga a realizar tus pagos exclusivamente con nosotros.
 
Si eliges hacerlo, podrás disfrutar de beneficios únicos pensados para ti:
 
  • Círculo Violeta: descuentos en más de 10.000 marcas de ropa, viajes, gastronomía, bienestar y mucho más.
  • Aula Enlace: acceso gratuito a cursos, talleres y charlas certificadas para apoyar tu crecimiento personal y profesional.
 
Matías, tu asistente virtual 24/7: te acompaña por WhatsApp para ayudarte a pagar tu seguridad social de manera rápida, fácil y sin complicaciones.
 
Es nuestra forma de acompañarte, facilitar tus procesos y entregarte más valor en cada pago que realizas con nosotros.

¿Qué es la mora en el pago de la seguridad social?

La mora en la seguridad social es el retraso o incumplimiento en el pago de los aportes a Salud, Pensión, ARL o Caja de Compensación dentro de la fecha límite del mes correspondiente.
 
Cuando un aportante entra en mora:
 
  • Se generan intereses sobre el valor no pagado.
  • Se pueden presentar sanciones por parte de la UGPP si la omisión persiste.
  • El usuario queda sin cobertura plena en el sistema (no se reconocen incapacidades, licencias o semanas para pensión mientras no se pague).
 
En resumen: estar en mora significa no haber pagado a tiempo, y esto trae intereses, posibles sanciones y pérdida temporal de beneficios.

¿Cómo puedo consultar y solucionar mis estados de cuenta con las administradoras (EPS, AFP, ARL y Caja de Compensación)

Los estados de cuenta, saldos pendientes y conciliaciones se gestionan directamente con cada administradora (EPS, AFP, ARL y Caja de Compensación), porque son ellas quienes llevan el detalle de lo que ha sido reportado y pagado a su nombre.

¿Dónde puedo consultar mis estados de cuenta?

Dependiendo de la información que necesites revisar, puedes hacerlo de diferentes maneras:
 
Si eres independiente o trabajador:
Puedes consultar tu historial de aportes y afiliaciones directamente en los portales oficiales de cada administradora (EPS, AFP, ARL y Caja de Compensación) o comunicarte con ellas a través de sus canales de atención para solicitar tu estado de cuenta.
 
Si eres empresa o aportante:
La mayoría de las EPS, AFP, ARL y Cajas de Compensación cuentan con módulos de “estado de cuenta” u “oficina virtual” en sus portales web, donde puedes descargar reportes, certificados y validar saldos o periodos pendientes.

¿Cómo soluciono diferencias o deudas?

Si encuentras diferencias, pagos no aplicados o saldos pendientes, te recomendamos:
 
Contacta directamente a la administradora (EPS, AFP, ARL o Caja) y solicita:
  • Detalle de tu estado de cuenta.
  • Conciliación de valores (periodos, aportes recibidos, posibles saldos en mora o a favor).
 
Una vez hayas conciliado con la administradora y sepas cual es el valor aproximado a pagar o ajustar, puedes comunicarte con nosotros y con gusto te ayudamos a generar la(s) planilla(s) PILA que corresponda(n) según el caso.
 
Importante
Nosotros no realizamos ajustes ni conciliaciones internas de las administradoras, pero sí te acompañamos en todo el proceso de liquidación y pago en PILA una vez tengas la información confirmada.

¿Cómo se calculan los intereses de mora?

Cuando hay aportes en mora (pagados después de la fecha límite):
 
Los intereses de mora se calculan de forma automática en la planilla PILA, desde la fecha de vencimiento del aporte hasta el día en que se realiza el pago.
UGPP
 
La tasa que se usa es la tasa de interés moratorio vigente para efectos tributarios (definida en el Estatuto Tributario), y se liquida día a día sobre el valor que estuvo en mora.
 
Es decir:
Tú no tienes que calcular a mano los intereses de mora: la planilla PILA se encarga de hacerlo automáticamente cuando se registra un pago extemporáneo.

¿Para qué se usa la UPC?

El cotizante puede afiliar como parte de su núcleo familiar a otras personas que dependan económicamente de él, pagando una UPC adicional (Unidad de Pago por Capitación).
 
Estas personas pueden ser familiares hasta:
 
  • Cuarto grado de consanguinidad (por ejemplo: padres, hijos mayores de 25 años, hermanos, abuelos, tíos, sobrinos o primos).
 
  • Segundo grado de afinidad (como suegros, cuñados, yernos, nueras o abuelos del cónyuge).
 
A estos familiares se les conoce como afiliados adicionales. Ellos tienen derecho a todos los servicios del Plan de Beneficios en Salud, pero no reciben prestaciones económicas como incapacidades o licencias.
 
El valor de la UPC adicional se define cada año por el Ministerio de Salud. Puedes consultarlo directamente en tu EPS o con el Operador de Información de la PILA al momento de liquidar el pago.

¿Qué tipo de planilla debo generar para pagar los aportes de un contratista?

Si actualmente un aportante tipo 3 está realizando aportes mediante una planilla tipo “Y” con cotizante 59, a partir del período julio de 2025 (2025-07), deberá utilizar planilla tipo “Y”, con tipo de aportante 15 y cotizante 59.

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Con tu registro en Enlace tendrás acceso a un conjunto de herramientas y soluciones que te ayudarán a gestionar tus aportes a la seguridad social y otros temas administrativos en tu labor.