La Resolución 2064 de 2025, emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social, introduce modificaciones sustanciales en la liquidación de aportes a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). Estas nuevas disposiciones, que entran en vigencia a partir del 1 de noviembre de 2025, tienen un impacto directo en la forma como deben cotizar algunos perfiles específicos, como los concejales, ediles, aprendices del SENA, y otros tipos de cotizantes especiales.
Tabla de cambios clave de la Resolución 2064 de 2025
Cambio |
Tipo de Cotizante o Planilla |
Administradoras que aplica |
Inicio Vigencia |
Cambio de nombre a tipo de cotizante 19: “Aprendices etapa lectiva Ley 2466 de 2025” |
Cotizante 19 |
EPS y ARL |
Inmediato según publicación |
Se amplía la aplicación de la novedad IGE-L (Licencia cuidado de la niñez) |
Cotizantes: 03, 04, 12, 16, 19, 21, 33, 35, 36, 42, 43, 56, 57, 58, 59, 60, 62 |
EPS, ARL, AFP, CCF |
Desde enero 2024 |
Aporte obligatorio a Caja de Compensación Familiar para concejales |
Cotizante 35 |
CCF |
Desde julio 2025 |
Se habilita el cotizante 51 como trabajador independiente en planilla tipo I |
Cotizante 51 |
EPS, ARL, AFP, CCF |
Desde octubre 2025 |
¿Qué cambia con la Resolución 2064 de 2025 a partir del 1 de noviembre?
Concejales municipales o distritales (tipo de cotizante 35)
Ediles de Juntas Administradoras Locales (tipo de cotizante 36)
Aprendices SENA (tipo de cotizante 19)
Cotizante 51 – Trabajador de tiempo parcial
Implicaciones para entidades y empleadores
La Resolución exige ajustes operativos y administrativos inmediatos, especialmente para entidades territoriales, áreas de talento humano y responsables del reporte de aportes en PILA.
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La Resolución 2064 de 2025 representa un paso hacia la equidad y la formalización de la seguridad social en Colombia. Implementar estos cambios de manera oportuna evita sanciones y garantiza la protección de los servidores públicos locales.
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