Enlace te explica todo lo que debes saber sobre los ajustes en la Planilla PILA que comienzan a regir desde julio de 2025, conforme a la Ley 2381 de 2024 y la Resolución 000467 de 2025. Este nuevo marco legal transforma el sistema pensional colombiano e impacta directamente a empleadores, contratantes y trabajadores independientes.
🔎 ¿Por qué se actualiza la Planilla PILA?
El Ministerio de Salud, mediante la Resolución 000467 del 25 de marzo de 2025, introdujo cambios esenciales en la estructura de la PILA (Planilla Integrada de Liquidación de Aportes) con el fin de adaptarla al nuevo sistema de pensiones establecido por la Ley 2381 de 2024. Estos cambios entrarán en vigor a partir del período de cotización de julio de 2025.
Como especialistas en procesos de seguridad social, en Enlace ayudamos a empresas y contratantes a maximizar el valor de su información, cumpliendo con las nuevas disposiciones normativas y facilitando una transición fluida al nuevo sistema.
📘 Glosario actualizado: nuevos términos claves
Para armonizar la planilla con el nuevo esquema de pensiones, el glosario de la PILA ha sido modificado. Estos son los nuevos conceptos que debes conocer:
👷 Contratantes podrán realizar aportes por sus contratistas
Uno de los cambios más significativos es la creación del tipo de aportante 15 – Contratante, pensado para personas naturales o jurídicas que acuerden con sus contratistas asumir el pago directo de aportes a salud, pensión, riesgos laborales y, opcionalmente, caja de compensación familiar.
Esto se ejecuta a través de la planilla Y – Independientes empresas, usando el tipo de cotizante 59. Es clave en actividades de alto riesgo (clases IV y V) donde el contratante debe cubrir riesgos laborales.
⏰ Nuevas condiciones para trabajadores de tiempo parcial (Cotizante 51)
La Resolución aclara el uso del cotizante 51 – Trabajador de tiempo parcial, ya sea dependiente o independiente. Así se debe reportar:
Sistema pensional
Riesgos laborales
Caja de compensación
Este tipo de cotizante se puede reportar en la planilla I – Independientes desde julio de 2025.
👩 Cotizante 72 – Mujeres con aporte a pensión por tercero
Este nuevo cotizante permite que mujeres en condición de pobreza o bajos ingresos, sin vinculación laboral ni contractual, puedan cotizar al pilar contributivo mediante el pago de un tercero, con IBC igual a 1 SMMLV. Es una medida inclusiva y socialmente clave.
👵 Subtipo de cotizante 3 – No obligado a cotizar por edad
Permite que personas mayores sin historial de cotización al régimen de prima media o con ciertas condiciones de edad, no estén obligadas a cotizar a pensión. A partir de julio de 2025, también aplica para quienes reciben la renta básica del pilar solidario (Ley 2381, art. 17).
📤 Cambios en la distribución automática de aportes
Desde julio de 2025, los operadores de información como Enlace Operativo se encargarán de distribuir automáticamente los aportes del pilar contributivo según el IBC, sin requerir ninguna acción por parte del cotizante o empleador.
📋 Novedades reportables en la PILA: ahora incluye cuidado de la niñez
Se incluye oficialmente la licencia por el cuidado de la niñez como novedad reportable en la planilla PILA, dentro del concepto IGE (incapacidad temporal por enfermedad general). Esta licencia es remunerada, por 10 días hábiles al año, para padres de menores con enfermedades terminales (Ley 2174 de 2021).
📌 Novedades que puedes reportar en la PILA
Estas son las 16 novedades que podrán incluirse en la PILA a partir de 2025:
📌 Conclusión
Los cambios que introduce la Resolución 000467 de 2025 representan una transformación profunda en la forma en que cotizamos a seguridad social en Colombia. Prepararse con antelación es clave para evitar errores, sanciones o reprocesos. En Enlace estamos listos para acompañarte, con herramientas tecnológicas y el conocimiento normativo que necesitas.
Con más de 18 años en el mercado, en Enlace somos especialistas en procesos de seguridad social y análisis de datos. Nuestra plataforma SuAporte te permite generar, validar y pagar la PILA cumpliendo con todas las normas vigentes, incluyendo las de esta reforma pensional.