A partir del 1 de julio de 2025, el Ministerio de Trabajo implementó importantes cambios para quienes contratan aprendices bajo la figura del contrato de aprendizaje. En Enlace te explicamos de forma sencilla todo lo que necesitas saber para cumplir la normatividad sin complicaciones.
¿Qué motivó estos cambios?
Los ajustes que introduce la Circular 0083 del 18 de julio de 2025 hacen parte del marco de la nueva reforma laboral impulsada por el Gobierno Nacional. Esta reforma busca garantizar mejores condiciones de vinculación para los trabajadores, incluyendo a los aprendices, quienes ahora deben estar correctamente afiliados al sistema de seguridad social desde el inicio de su proceso formativo.
En este contexto, la circular no es un hecho aislado, sino una pieza clave para la implementación progresiva de la reforma laboral. Por eso es tan importante entender y aplicar correctamente los nuevos lineamientos.
¿Qué cambió con la Circular 0083 de 2025?
El Ministerio de Trabajo actualizó las condiciones para la afiliación y pago de seguridad social de los aprendices. Esta norma impacta directamente la forma en que las empresas deben clasificar y reportar a sus aprendices en el sistema PILA.
Los cambios más importantes son:
Estos cambios tienen efecto desde el 1 de julio de 2025, pero los pagos deben empezar a realizarse a partir del 1 de agosto, correspondientes al periodo de julio.
Nuevas obligaciones para los aportantes
La afiliación a seguridad social cambia según la etapa del aprendiz:
Aprendices en etapa lectiva (cotizante 19)
Aprendices en etapa productiva (cotizante 01)
Además, si tu empresa está exenta según el Estatuto Tributario, podrás marcar la exoneración en PILA según lo indicado en la plataforma.
Consulta la Circular 0083 aquí
¿Qué debes hacer como empresa?
Desde Enlace te recomendamos seguir estos pasos:
En palabras simples: los que eran tipo 12 ahora son tipo 19, y los que eran tipo 19, ahora deben ser tipo 01.
Enlace: tu aliado para cumplir con tranquilidad
Sabemos que los cambios normativos pueden generar confusión, pero en Enlace estamos para facilitarte la vida. Como especialistas en procesos de seguridad social y análisis de datos, contamos con soluciones ágiles, confiables y seguras para que siempre estés al día con la normatividad.
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¿Qué pasa si no haces los cambios?
Desde el 1 de agosto de 2025, el sistema validará automáticamente que no se use el tipo de cotizante 12. Esto significa que, si no realizas los ajustes, podrías tener inconvenientes para procesar tus planillas.
Además, al no cumplir con las afiliaciones correctas, podrías exponerte a riesgos legales y sanciones. No dejes esto para después: es responsabilidad del aportante garantizar que los pagos se realicen correctamente.
En resumen: lo que debes tener en cuenta
Etapa del Aprendiz |
Tipo de Cotizante |
Aportes Obligatorios |
Lectiva |
19 |
Salud, ARL |
Productiva |
01 |
Salud, Pensión, ARL, Caja de Compensación |
Fechas clave:
¿Tienes dudas? Enlace te acompaña
Sabemos que implementar estos cambios puede generar preguntas. Por eso, en Enlace contamos con un equipo de asesores expertos en seguridad social listos para ayudarte.
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Enlace: información al servicio de las personas.